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Calculadora de indemnización por despido (El Salvador)

Calcula tu indemnización por despido injustificado en El Salvador: 30 días de salario básico por año de servicio (art. 58), con el tope de 4 salarios mínimos diarios y el mínimo de 15 días.

Tu salario básico mensual, antes de descuentos, sin comisiones ni bonos. Se divide entre 30 para obtener el salario diario.

El sector cuyo salario mínimo aplica a tu actividad. Define el tope legal del salario diario usado en el cálculo (4 × el mínimo diario).

Años completos trabajados con el mismo empleador. Usa 0 si aún no cumples un año.

Meses completos además de los años (0 a 11). La fracción de año se paga de forma proporcional.

Completa los campos para ver el resultado al instante.

Supuestos del cálculo

  • La indemnización del art. 58 del Código de Trabajo aplica al despido de hecho sin causa justificada en contratos por tiempo indefinido: 30 días de salario básico por cada año de servicio, proporcional por fracciones de año y nunca menos de 15 días.
  • El salario diario se calcula como salario mensual ÷ 30. Es una convención de cálculo, no una regla publicada.
  • Para el cálculo, el salario diario no puede superar 4 veces el salario mínimo diario legal vigente del sector (art. 58). Con las tarifas del Decreto Ejecutivo N.º 11 (2025), el tope en comercio y servicios / industria es 4 × $13.44 = $53.76 por día, es decir, un máximo de $1,612.80 por año de servicio.
  • El salario mínimo diario se deriva de la tarifa mensual del decreto (mensual × 12 ÷ 365), igual que lo publica el propio decreto.
  • La fracción de año se prorratea por meses completos (meses ÷ 12); la ley no fija la aritmética exacta del prorrateo.
  • Los contratos a plazo se indemnizan distinto (art. 59: el salario del tiempo que falte para el vencimiento, sin superar lo que correspondería por tiempo indefinido). Esta calculadora cubre solo contratos por tiempo indefinido.
  • La indemnización legal está exenta de ISR hasta 30 días de salario básico por año de servicio (art. 4 núm. 3 de la Ley de ISR), por lo que el monto de esta calculadora queda completamente exento. Montos adicionales pactados por encima del mínimo legal sí pueden pagar ISR.
  • La indemnización no cotiza al ISSS ni a la AFP.
  • Cada cifra se redondea a 2 decimales (half up) por línea; el tope diario conserva los 3 decimales de la tarifa del decreto.

Qué hace esta calculadora

Esta calculadora estima la indemnización por despido de hecho sin causa justificada en El Salvador para contratos por tiempo indefinido (art. 58 del Código de Trabajo): 30 días de salario básico por cada año de servicio, más la parte proporcional por fracciones de año, y nunca menos de 15 días.

Aplica además el tope legal que muchas personas desconocen: para el cálculo, el salario diario no puede superar 4 veces el salario mínimo diario vigente de tu sector. La calculadora muestra tu salario diario real y el salario diario con tope, para que veas exactamente cuándo y cuánto reduce el tope.

Para quién es

  • Trabajadores despedidos sin causa justificada que quieren estimar cuánto les corresponde.
  • Personas negociando un finiquito que necesitan conocer el mínimo legal.
  • Empleadores y encargados de planilla que calculan pasivos laborales.
  • Trabajadores con salarios altos que quieren entender el efecto del tope de 4 salarios mínimos.

Qué información necesitas

  • Tu salario básico mensual, sin comisiones ni bonos (se divide entre 30 para obtener el diario).
  • El sector de salario mínimo de tu actividad (define el tope del salario diario).
  • Tus años completos de servicio y los meses adicionales.
  • Los parámetros legales (30 días por año, mínimo de 15 días, tope de 4 × mínimo diario) ya están configurados según la ley; no necesitas ingresarlos.

Cómo se calcula

El salario diario es el salario mensual ÷ 30 (convención de cálculo).

Se compara con el tope del art. 58: 4 veces el salario mínimo diario de tu sector. En comercio y servicios / industria el tope es 4 × $13.44 = $53.76 por día. Si tu diario lo supera, el cálculo usa el tope.

Cada año completo de servicio paga 30 días del salario diario aplicado; la fracción de año paga proporcionalmente (30 × meses ÷ 12 días).

Si el resultado queda por debajo de 15 días de salario, se paga el mínimo de 15 días.

La indemnización legal no paga ISR (está exenta hasta 30 días por año, exactamente la fórmula legal) ni cotiza al ISSS ni a la AFP.

Fórmula

Salario diario
salario diario = salario mensual ÷ 30
Tope del salario diario (art. 58)
salario diario aplicado = mín(salario diario, 4 × salario mínimo diario del sector)
Indemnización por años completos
años completos = 30 × salario diario aplicado × años
Proporcional por fracción de año
proporcional = 30 × (meses ÷ 12) × salario diario aplicado
Mínimo legal
indemnización ≥ 15 × salario diario aplicado

Ejemplo resuelto

Ganas $600 al mes en el sector comercio y servicios, llevas 3 años y 6 meses con el mismo empleador y te despiden sin causa justificada.

  1. Salario diario: $600 ÷ 30 = $20.00. El tope del sector es 4 × $13.44 = $53.76; como $20.00 no lo supera, el tope no aplica.
  2. Años completos: 30 días × $20.00 × 3 años = $1,800.00.
  3. Fracción de año: 30 × (6 ÷ 12) = 15 días → 15 × $20.00 = $300.00.
  4. Total: $1,800.00 + $300.00 = $2,100.00 (muy por encima del mínimo de 15 días, $300.00).

Tu indemnización mínima legal es $2,100.00, exenta de ISR y sin descuentos de ISSS ni AFP.

Cómo interpretar el resultado

El resultado es el mínimo legal del art. 58: un contrato o convenio puede mejorar el monto, nunca reducirlo.

Si tu salario diario supera el tope, la fila "salario diario aplicado" muestra el valor realmente usado. Por ejemplo, con $3,000 al mes el diario es $100.00, pero el cálculo usa $53.76: cada año de servicio paga $1,612.80, no $3,000.00.

La indemnización legal la recibes completa: está exenta de ISR (art. 4 núm. 3 de la Ley de ISR) y no cotiza al ISSS ni a la AFP.

Al terminar el contrato también suelen corresponder vacación y aguinaldo proporcionales; usa las calculadoras relacionadas para estimarlos.

Errores comunes

  • Ignorar el tope: con salarios altos, multiplicar el salario mensual completo por los años da un monto mayor al legal. El diario usado nunca supera 4 × el mínimo diario del sector.
  • Usar el salario con comisiones o bonos: el art. 58 se calcula sobre el salario básico.
  • Olvidar la fracción de año: los meses adicionales pagan proporcional, no se pierden ni se redondean a un año.
  • Aplicar descuentos de ISSS, AFP o ISR a la indemnización legal: está exenta de los tres.
  • Aplicar esta fórmula a un contrato a plazo: el art. 59 indemniza con el salario del tiempo que falte para el vencimiento (sin superar lo del art. 58).
  • Usar el tope de un sector equivocado: cada sector tiene su propio mínimo diario y por tanto su propio tope.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo tengo derecho a esta indemnización?

Cuando un contrato por tiempo indefinido termina por despido de hecho sin causa justificada (art. 58 del Código de Trabajo). La renuncia voluntaria y el despido con causa legal comprobada no generan esta indemnización.

¿Qué es el tope de 4 salarios mínimos?

El art. 58 dice que, para el cálculo, ningún salario puede ser superior a 4 veces el salario mínimo diario legal vigente. Con las tarifas del D.E. N.º 11 (2025), en comercio y servicios / industria el tope es 4 × $13.44 = $53.76 por día, es decir, un máximo de $1,612.80 por año de servicio.

¿Cuál es el mínimo que me pueden pagar?

La indemnización nunca puede ser menor al equivalente de 15 días de salario básico, aunque tengas muy poco tiempo de servicio.

¿La indemnización paga impuesto sobre la renta?

La indemnización legal está exenta: la Ley de ISR (art. 4 núm. 3) exime las indemnizaciones por despido hasta 30 días de salario básico por año de servicio, que es exactamente la fórmula del art. 58. Solo montos adicionales por encima de lo legal podrían pagar ISR.

¿Le descuentan ISSS y AFP a la indemnización?

No. La indemnización compensa la pérdida del empleo y no es remuneración por servicios, por lo que no forma parte de la base de cotización del ISSS ni de la AFP.

¿Y si mi contrato es a plazo?

Los contratos a plazo se indemnizan según el art. 59: el salario básico del tiempo que faltare para el vencimiento del plazo, sin exceder lo que correspondería por tiempo indefinido. Esta calculadora cubre solo contratos por tiempo indefinido.

Fuentes

Última revisión:
21 de julio de 2026
Versión del cálculo:
1.0.0

Aviso importante

Los resultados de estas calculadoras son estimaciones informativas y pueden diferir de los cálculos oficiales. No constituyen asesoría legal, fiscal ni financiera. Verifica siempre con las instituciones competentes o con un profesional.

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