Calculadora de horas extras (Guatemala)
Calcula el pago de tus horas extras en Guatemala con el recargo del 50 % sobre la hora ordinaria que fija el art. 121 del Código de Trabajo.
Qué hace esta calculadora
Calcula el pago de tus horas extras en Guatemala. La hora extraordinaria se remunera con un recargo mínimo del 50 % sobre la hora ordinaria (artículo 121 del Código de Trabajo), es decir, cada hora extra vale 1.5 veces la hora normal.
La calculadora obtiene primero el valor de tu hora ordinaria a partir del salario mensual y luego aplica el recargo del 50 %, mostrando el total según las horas extras que ingreses.
Para quién es
- Trabajadores que quieren verificar el pago de sus horas extras.
- Empleadores y encargados de nómina que calculan recargos por tiempo extraordinario.
- Estudiantes y asesores laborales que necesitan un cálculo rápido y transparente.
Qué información necesitas
- Tu salario mensual ordinario (sin la bonificación incentivo de Q250).
- Las horas de tu jornada ordinaria diaria (la ley fija 8 horas para la jornada diurna).
- La cantidad de horas extras trabajadas que quieres pagar o verificar.
Cómo se calcula
La hora ordinaria se obtiene dividiendo el salario mensual entre 30 días y entre las horas de la jornada diaria: hora ordinaria = salario ÷ 30 ÷ horas.
La hora extra se paga con un recargo del 50 %: hora extra = hora ordinaria × 1.5.
El total de horas extras es el valor de la hora extra multiplicado por la cantidad de horas extras.
Fórmula
- Hora ordinaria
hora ordinaria = salario mensual ÷ 30 ÷ horas de jornada- Hora extra (+50 %)
hora extra = hora ordinaria × 1.5- Pago total
total = hora extra × horas extras
Ejemplo resuelto
Ganas Q4,000 mensuales con una jornada diaria de 8 horas y trabajaste 10 horas extras en el mes.
- Hora ordinaria: Q4,000 ÷ 30 ÷ 8 = Q16.67.
- Hora extra: Q16.67 × 1.5 = Q25.01.
- Total: Q25.01 × 10 = Q250.10.
Las 10 horas extras suman Q250.10, a razón de Q25.01 por hora extra.
Cómo interpretar el resultado
El 50 % es el mínimo legal; un contrato o pacto colectivo puede fijar un recargo mayor, pero nunca menor.
Guatemala no tiene un recargo nocturno de pago: la protección del trabajo nocturno es la jornada más corta de 6 horas, no un sobresueldo por hora.
La suma de jornada ordinaria y extraordinaria no puede exceder de 12 horas al día (artículo 122), y los menores de 18 años no pueden trabajar horas extras.
Errores comunes
- Incluir la bonificación incentivo de Q250 en el salario base: no es salario y no forma parte del cálculo de la hora ordinaria.
- Pagar la hora extra al mismo valor de la hora ordinaria, sin el recargo del 50 %.
- Usar un número de días distinto de 30 para obtener la hora sin declararlo; aquí se usa la convención de mes de 30 días.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga la hora extra en Guatemala?
Al menos un 50 % más que la hora ordinaria (artículo 121 del Código de Trabajo), es decir, 1.5 veces la hora normal. Un pacto puede fijar un recargo mayor.
¿Existe recargo por trabajo nocturno?
No hay un recargo de pago por hora nocturna. La protección del trabajo nocturno es una jornada más corta (6 horas diarias en lugar de 8), no un sobresueldo. Por eso esta calculadora aplica un solo recargo del 50 % para toda hora extra.
¿Cómo se obtiene el valor de la hora ordinaria?
Se divide el salario mensual entre 30 días y luego entre las horas de la jornada diaria. La ley no fija una fórmula única de conversión de mensual a horario, por lo que se usa la convención de mes de 30 días, que se declara en los supuestos.
¿Cuál es la jornada ordinaria en Guatemala?
La jornada diurna no puede exceder de 8 horas diarias ni de 48 semanales; la nocturna, de 6 diarias y 36 semanales; y la mixta, de 7 diarias y 42 semanales (artículos 116 y 117).
¿Hay un límite de horas extras?
La suma de la jornada ordinaria y la extraordinaria no puede exceder de 12 horas al día (artículo 122), salvo casos excepcionales que prevé la ley.
¿Las horas extras pagan IGSS e ISR?
Sí. Las horas extras forman parte del salario total, por lo que están sujetas a la cuota del IGSS (4.83 % del trabajador) y al ISR de rentas del trabajo, a diferencia del aguinaldo y el bono 14.
¿Cuánto vale una hora extra con un salario de Q4,000?
Con jornada diurna de 8 horas, la hora ordinaria es Q4,000 ÷ 30 ÷ 8 = Q16.67, y la hora extra con el recargo del 50 % vale Q16.67 × 1.5 = Q25.01. Diez horas extras suman Q250.10 (artículo 121 del Código de Trabajo).
¿Cómo se paga el trabajo en día de asueto o de descanso?
El trabajo en un día de asueto o en el día de descanso semanal se remunera como tiempo extraordinario (artículo 128). El Código fija asuetos con goce de salario como el 1 de enero, el 1 de mayo, el 15 de septiembre y el 25 de diciembre (artículo 127).
¿Los menores de edad pueden trabajar horas extras?
No. Los trabajadores menores de 18 años no pueden trabajar en jornada extraordinaria (artículo 122). El límite general de 12 horas diarias entre jornada ordinaria y extraordinaria aplica al resto de trabajadores.
Fuentes
- Código de Trabajo de Guatemala (Decreto 1441), arts. 116, 121, 122 — Organismo Judicial de Guatemala (CENADOJ, texto consolidado) (Art. 116: jornada ordinaria diurna máx. 8 h/día y 48 h/semana. Art. 121: jornada extraordinaria remunerada con al menos un 50% más del salario ordinario. Art. 122: ordinaria + extraordinaria no puede exceder 12 h/día. See docs/research/gt-labor-rules.md, section 9.)
- Horas extras en Guatemala — guía laboral — Jibble (Secondary corroboration of the +50% overtime surcharge and the absence of a night-pay premium.)
- Última revisión:
- 23 de julio de 2026
- Versión del cálculo:
- 1.0.0
Aviso importante
Los resultados de estas calculadoras son estimaciones informativas y pueden diferir de los cálculos oficiales. No constituyen asesoría legal, fiscal ni financiera. Verifica siempre con las instituciones competentes o con un profesional.